Preguntas frecuentes

El control y fiscalización del ruido ambiental en Chile es atribución de varias instituciones, dependiendo de la fuente de ruido. Estas instituciones pueden actuar en forma complementaria o coordinada.

Por ejemplo:

  • El permiso de funcionamiento de una discoteca es atribución de la municipalidad, el cual puede establecer horarios de operación y medidas para controlar el ruido. Sin embargo, el ruido emitido por el funcionamiento de la discoteca, está regulado por una norma ambiental, la cual es fiscalizada por la Superintendencia del Medio Ambiente.
  • La municipalidad puede solicitar un Informe Sanitario, que incluye temas de ruido, previo de otorgar el permisos de funcionamiento para locales con capacidad mayor a 100 personas.
Fuentes de Ruido Organismos Fiscalizadores Instrumento que le aplica
Fuentes Fijas: como industrias, discotecas o actividades de construcción, entre otros.
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Municipalidades
  • Seremi de Salud
  • D.S. N°38/11 MMA
  • Ordenanza y/o permisos
  • D.S. N°10/2010 MINSAL (solo para locales que le aplica)
Fuentes Móviles: automóviles, buses, motos.
  • Ministerio de Transportes y  Telecomunicaciones
  • D.S. N°129/02 MTT
  • D.S. N°7/2015 MMA  (sólo ingreso a parque vehicular)
Ruido de Vecinos

Actividades en la vía pública

  • Municipalidad
  • Carabineros de Chile
  • Ordenanzas y permisos
Actividades como Carreteras y Aeropuertos, que cuentan con Resoluciones de Calificación Ambiental (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental)
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Resoluciones de Calificación Ambiental

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